Texto de la norma
Dec. No. 8224, que deroga el Decreto No. 5470, del 22 de enero de 1960, sobre atribuciones de la Junta Compradora de todo Equipo para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y dicta otras disposiciones.
G. O. No. 8740, del 15 de febrero de 1963
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8224
CONSIDERANDO que en la actualidad funcionan independientemente una Junta Compradora de todo equipo para los
departamentos civiles de la Administración Pública y una Junta Compradora de todo equipo para las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, a las cuales deben conferirse, adicionalmente, las atribuciones relativas al descargo de equipos pertenecientes al Estado que correspondan a sus respectivas esferas de acción;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54, inciso 2, y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda derogado el Decreto No. 5470, de fecha 22 de enero de 1960, en virtud del cual a la Junta Compradora de todo equipo para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, se le confiere la atribución de aprobar, previa inspección, el descargo del equipo de los departamentos civiles del Estado.
Art. 2.- En consecuencia, regirá nuevamente el procedimiento de descargo de todo equipo de los departamentos civiles del Estado, previsto en el Reglamento No. 6105, del 29 de octubre de 1949, sobre Bienes Nacionales.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos sesenta y dos, años 1190 de la Independencia y 990 de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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