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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8130

QUE NOMBRA AL DR. JUAN TOMAS MEJIA FELIU EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO, DELEGADO PERMANENTE DE LA REPUBLICA ANTE LA OFICINA REGIONAL EUROPEA DE LA ONU Y LA OIT.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1962fecha
Designacióntipo
G. O. 8694Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Juan Tomás Mejía FeliúDesignaciónEn sustitución de Luis F. ThoménEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario, Delegado Permanente de la RepúbliaOficina Regional Europea de las Naciones Unidas y ante la Oficina Internacional del Trabajo
Luis F. ThoménSustituido en el cargoEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario, Delegado Permanente de la RepúbliaOficina Regional Europea de las Naciones Unidas y ante la Oficina Internacional del Trabajo

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Juan Tomás Mejía Feliú · Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Delegado Permanente de la Repúblia · Oficina Regional Europea de las Naciones Unidas y ante la Oficina Internacional del Trabajo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 15 jun de 1962. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 7 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8130, que nombra al Dr. Juan Tomás Mejía Feliú Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Delegado Permanente de la República ante la Oficina Regional Europea de la ONU y la OIT. G. O. No. 8694, del 19 de septiembre de 1962 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 8130 En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: UNICO.— El doctor Juan Tomás Mejía Feliú queda nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Delegado Permanente de la Repúblia ante la Oficina Regional Europea de las Naciones Unidas y ante la Oficina Internacional del Trabajo, en sustitución del Dr. Luis F. Thomén. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 16 días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

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  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona