Dec. No. 8105, que establece nuevos precios para la venta del Cemento elaborado en el país, en fundas y a granel.
G. O. No. 8658, del 30 de mayo de 1962
República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8105
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— A partir de esta fecha, el precio para la venta local del Cemento elaborado en el país, queda fijado de la siguiente manera:
Cemento en fundas . . . . . . . . . . . . RD$1.00
" a granel . . . . . . . . . . . . RD$0.93
Art. 2.— Queda derogado el Decreto No. 7350, de fecha 28 de noviembre de 1961.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona