Dec. No. 8053, que autoriza al First National City Bank, a fijar su domicilio en la República Dominicana.
G. O. No. 8652, del 28 de abril de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8053
VISTAS las disposiciones de la Ley General de Bancos No. 1530, de fecha 7 de octubre de 1962 y sus modificaciones;
VISTAS las disposiciones del artículo 13 del Código Civil;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.-- Se autoriza al First National City Bank, corporación bancaria organizada de acuerdo a la Ley Bancaria Federal de los Estados Unidos de América, a fijar su domicilio en la República Dominicana.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de abril de mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona