Texto de la norma
Dec. No. 8032, que concede la naturalización dominicana al señor Pablo Restituto Brugal Pérez.
G. O. No. 8657, del 31 de mayo de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8032
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado el señor Pablo Restituto Brugal Pérez, de nacionalidad cubana, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la C6dula Personal de Identidad No.
[cédula], en solicitud de la naturalizacidn dominicana, y 10s
documentos que la acompaiian;
VISTA la Ley sobre Naturalizacidn No. 1683, de fecha 16 de
abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio ds las atribuciones que le confieren 10s articulos
54 y 116 (transitorio) de la Constituci6n de la Repfiblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-
Se concede la naturalizacibn dominicana a1 seiior
Pablo Restituto Brugal Perez, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.- El beneficiario recibird la carta de naturalizacibn de
nianos der Gsbernador Civil de la Provincia de Puerto Plata, pre-
vi0 juraniento de fidelidad ante dicho funcionario, de todo Io
cual se redactad acta que deberd publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- El presente Decreto ser6 registrado en las Secretarfas
de Estado de Interior y Policia y de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
RepGblica Dorninicana, a 10s 21 dlas del mes de abnl de mil
novecientos sesenta y dos; &os 1190. de la Independencia y
9%. de la Restauracibn.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Repiiblica
y del Consejo de Estado
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