miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8019

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 43 Y 44 DEL REGLAMENTO N° 5586, SOBRE SEGUROS SOCIALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 abr de 1962fecha
Reglamentotipo
G. O. 8649Gaceta Oficial del 1 ene de 1962
Consejo de Estadoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 8019, que modifica los artículos 43 y 44 del Reglamento No. 5566, sobre Seguros Sociales. G. O. No. 8649, del 21 de abril de 1962 República Dominicana EL CONSEJO DE ESTADO NUMERO: 8019 En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se modifican los artículos 43 y 44 del Reglamento No. 5566 sobre Seguros Sociales, de fecha 6 de enero del año 1949, para que rijan del siguiente modo: Art. 43.- Los subsidios por incapacidades para el trabajo establecidos en el apartado b) del Art. 43 de la Ley No. 1896, sobre Seguros Sociales, se calcularán para los asegurados activos, sobre el salario promedio de sus últimas seis cotizaciones y la de los cesantes a base del salario promedio de las 6, 8 o 10 cotizaciones que acrediten para su reclamación en proporción a lo que especifica el Art. 48 de la referida Ley. Párrafo I.- Para los fines de pago de subsidios en los casos de maternidad se tomará el promedio de las 30 cotizaciones anteriores a la fecha probable del parto. Párrafo II.- El monto de los salarios promedios se dividirá entre siete para determinar el 50o/o de su cuantía diaria. Párrafo III.- Los subsidios así fijados se pagarán por semana o por día si bajan de siete. Art. 44.- La asignación que debe entregarse en caso de muerte a los deudos del asegurado para los gastos de sepelio se calculará sobre el salario promedio de las ocho últimas cotizaciones semanales en el semestre anterior a su muerte, y se pagará conforme a la escala establecida en el artículo 25, de acuerdo con la regla establecida en el artículo 49 de la Ley, o razón de: RD$ 30.00 en la I Categoría 35.00 " " II " 40.00 " " III " 50.00 " " IV " 60.00 " " V " 70.00 " " VI " 80.00 " " VII " 90.00 " " VIII " 100.00 " " IX " 110.00 " " X " 120.00 " " XI " DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de abril del mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración. POR EL CONSEJO DE ESTADO: RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona