Texto de la norma
VISTA la Ley sobre ExequPtur de Profesionales No. 11 1, de
fecha 3 de naviembre de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos
54 y 116 (transirorio) de la Constituci611 de la Repbblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNIC0.- Otorga exequitur a1 Dr. Bienvenido Pi-
mente1 Machado, para que pueda ejercer la profesi6n de Notario
P~blico en el Municipio de Ban& de conformidad con las leyes
y reglamentos de la materia.
DADO en Sarrta Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Reptiblica Dorninicana, a 10s siete dias del mes de abril de mil
novecientos sesenta y dos; &os 1190. de la Independencia y
990. de la Restauracih.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la RepGblica
y del Consejo de Estado
Dec No. 79M, que concede naturalizscidn dominiuna a1 relor Agusttln Verdeja
Estnda
G. 0. No. 8653, del 7 de mayo de 1962'
Repdblica Dorrbicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 7994
VISTA la instancia que por conduct0 de la Secretaria de Esta-
do de Interior y Policia ha elevado el senor Agustfn Verdeja
Estrada, de origen y nacionalidad cubanos, mayor de edad, casa-
do, domiciliado y residente en [domicilio omitido],
portador de la Cgdula Personal de Identidad No. [cédula] 1 , en solicitud de que se le concede la naturalizaci6n dominica-
na, y 10s documentos que la acompaiian;
VISTA la Ley sobre Naturalizacih No. 1683, de fecha 16 de
abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de ias atribuciones que le confieren 10s artfculos
54 y 116 (transitorio) de la Constituci6n de la RepQblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-
Se concede la naturalizacibn dominicana a1 sefior
Agust in Verdeja Estrada, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.- El beneficiario recibirsi la carta de naturalizaci6n de
manos del Gobernador del Distrito Nacional, previo juramento
de fidelidad a la RepGblica prestado ante dicho funcionario, de
todo lo cual se redactarii acta que deberA publicarse en la Gaceta
Oficial.
Art. 3.- El presente Decreto ser5 registrado en las Secretarfas
de Estado de Interior y Policia y de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s nueve dfas del mes de abril del mil
novecientos sesenta y dos; &os 1190. de la Independencia y
990. de la Restauracih.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Repfiblica
y del Consejo de Estado
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