Dac. No. 8233, que jubilr con pemi6n del Eshdo a1 seiior Federico Pereym.
G. 0. No. 8740, del 15 de febrero de 1963
Republica Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8233
VISTA la Ley No.5185, sobre Pensiones Civiles del Estado,
de fecha 3 1 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articulos
54 y 116 (transitorio) de la Constituci6n de la Republica, dicta
el siguiente
D E C R E T O ;
Art. 1.- Concede el beneficio de la jubilaci6n y le asigna una
pensi6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensualcs.
a1 seiior Federico Pereyra.
Art. 2.- Dicha pensi6n sera pagada con cargo a1 Fondo de Pen-
siones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pbblicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s doce dias del mes de junio del mil
novecientos sesenta y dos, aAos 1190. de la Independencia y
990. de la Restauracih.
POR EL CONSEJO DE ESTADO
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Republica
y de! Consejo de Estado.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona