Texto de la norma
Dec. No. 8231, que declara tres días de duelo oficial con motivo del fallecimiento del Dr. Gustavo Adolfo Mejía Ricart, Embajador de la República en Madrid.
G. O. No. 8669, del 7 de julio de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8231
CONSIDERANDO: que ha fallecido en Madrid el Dr. Gustavo Adolfo Mejía Ricart, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en España;
CONSIDERANDO: Que con tan infausto motivo el Gobierno Dominicano debe rendir un tributo de reconocimiento a los méritos del Embajador Mejía Ricart;
VISTA la Ley No.3933, del 20 de septiembre de 1954;
VISTO el Reglamento No.983, del 5 de julio de 1955;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Artículo 1ro.— Se declaran de duelo oficial, con motivo del fallecimiento del Dr. Gustavo Adolfo Mejía Ricart, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Madrid, España, los días 11, 12 y 13 de junio en curso, ordenándose que de conformidad con su rango se rindan a su cadáver honores de Teniente General o Vice-Almirante.
Artículo 2do.— Comuníquese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, las cuales quedan encargadas de la ejecución del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de junio del año 1962, años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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