Texto de la norma
Dec. No. 8144, que aprueba Resolución del Banco Central de la República, sobre incineración de billetes deteriorados de dicho Banco.
G. O. No. 8658, del 28 de mayo de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8144
VISTA la Cuarta Resolución de la Junta Monetaria, de fecha 3 de mayo de 1962;
VISTOS los artículos 1 y 2 de la Ley No. 2927, de fecha 18 de junio de 1951, sobre incineración de los Billetes del Banco Central de la República Dominicana, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda aprobada la Cuarta Resolución de la Junta Monetaria de fecha 3 de mayo de 1962, cuyo texto, transcrito a la letra, dice así:
"CUARTA RESOLUCION: VISTO el memorándum de fecha 3 de mayo de 1962, por medio del cual la Administración del Banco Central solicita al Gobernador de dicho Banco que obtenga autorización de la Junta Monetaria para la incineración de cinco millones (5,000,000) de billetes deteriorados de RD$1.00;
La Junta Monetaria, en virtud de las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 2 de la Ley No. 2927, sobre Incineración de Billetes del Banco Central, del 18 de junio de 1951, modificada por la Ley No. 4450, del 11 de mayo de 1956, y en el artículo 4, modificado por la Ley No. 5075, del 17 de enero de 1959,
RESUELVE:
1o.- Autorizar la incineración de la siguiente cantidad de billetes deteriorados del Banco Central de la República Dominicana:
5,000,000 de billetes de RD$1.00 cada uno - RD$5,000,000.00.
2o.- Autorizar al Gobernador del Banco Central para solicitar del Consejo de Estado la aprobación por Decreto de la presente resolución, de conformidad con la Ley".
Art. 2.- Comuníquese a los funcionarios indicados en la Ley No. 4450, del 11 de mayo de 1956.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY, Presidente de la República y del Consejo de Estado
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