Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2086
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formula-
da por el señor Gorín Pérez Bello, dominicano, soltero, segundo teniente E.N. portador de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Carlos Augusto;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República, ha certificado en fecha 8 de diciembre de 1967, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Gorín Pérez Bello, quien desea cambiar su nombre por el de Carlos Augusto;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Gorín Pérez Bello, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Carlos Augusto Pérez Bello.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de febrero del mil novecientos sesenta y ocho, años 124º de la Independencia y 105º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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