Texto de la norma
Decreto No. 6911, que integra la Junta Coordinadora de Importaciones y Exportaciones.
(G. O. No. 8590 del 28 de Julio de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6911
VISTA la Ley No. 5112, del 24 de abril de 1959, que ratifica la No. 2700, del 28 de enero de 1951, sobre Medidas de Emergencia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Junta Coordinadora de Importaciones y Exportaciones, creada por el Decreto No. 5202, del 5 de octubre de 1959, estará integrada en lo adelante por el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, quien la presidirá; el Director General de Aduanas y Puertos, como Vicepresidente; el Secretario de Estado de Salud y Previsión Social; el Secretario de Estado de Industria y Comercio; el Dr. H. E. Priester, Consultor Económico al Servicio del Poder Ejecutivo; el Director de Rentas Internas y Bienes Nacionales; el Director General de Estadística y Censos; el Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Agricultura e Industria del Distrito Nacional; el señor Erasmo Noboa y el señor Marco A. Gómez hijo, como Miembros; y el Dr. Diógenes H. Fernández, Encargado de la Sección Estabilizadora de Comercio Exterior del Banco Central de la República Dominicana, como Secretario.
Art. 2.— El presente Decreto deroga y sustituye cualquier otra disposición legal que le sea contraria.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de
la República Dominicana, a los catorce días del mes de julio del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER.
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