Dec. No. 7876, que otorga el exequátur de Médico a los Doctores Ml. Longino Alcántara C. y Rubén L. Andújar P.
G. O. No. 8737, del 18 de febrero de 1963.
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 7876
VISTO el Reglamento de Pasantía Hospitalaria para los Médicos recién graduados en la Universidad de Santo Domingo No. 1953, del 6 de agosto de 1956;
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.- Otorga exequátur para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Médico, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia, a las siguientes personas:
a) Dr. Manuel Longino Alcántara Casado; y
b) Dr. Rubén Leonidas Andújar Pimentel.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de marzo del mil novecientos sesenta y dos; años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona