Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6519
CONSIDERANDO: Que la XII Reunión del Comité Ejecutivo de la Organización Meteorológica Mundial, efectuada en Ginebra, Suiza, en 1960, resolvió recomendar a los países miembros, la institución de un Día Meteorológico Mundial, el cual debe celebrarse el 23 de marzo;
CONSIDERANDO: Que la cooperación que prestan las Organizaciones Meteorológicas a la navegación marítima y aérea, a la agricultura y a otras actividades de interés público y privado es merecedora de general reconocimiento;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 51 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se instituye como Día Meteorológico Mundial el 23 de marzo de cada año.
Art. 2.—La Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones y la Dirección General del Servicio Meteorológico Nacional, quedan encargadas de preparar el programa de actos relativos a la celebración de dicho Día.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de marzo del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N9 6520, que otorga exequátur de Notario Público, al Doctor Roberto Salvador Mejía García.
G.O. N9 8561, del 22 de Marzo de 1961
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