Texto de la norma
Decreto Nº 6388, que autoriza habilitar varios sellos para el servicio postal.
G. O. No. 8546, del 31 de Enero de 1961.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6388.
VISTA la Ley Nº 5177 de fecha 27 de enero de 1961, que establece una nueva tarifa postal;
CONSIDERANDO: que la Tesorería Nacional tiene bajo custodia especies timbradas postales, aéreas y ordinarias, cuyo valor facial no corresponde a las tarifas en vigor;
CONSIDERANDO: que dichas especies timbradas pueden habilitarse anulando el valor facial que presentan e imprimiéndole el que se compadezca con dichas tarifas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Queda autorizada la habilitación de las especies timbradas postales que a continuación se describen, y cuyo valor facial será el que se indique en este Decreto:
SERVICIO AEREO
410,236 de 11c. Facsímil "Serie Internacional de Polo" a 37c.
305,500 de 13c. Facsímil "Avión San Cristóbal" a 40c.
500,000 de 33c. Facsímil "25º Aniversario de la Era de Trujillo" a 72c.
500,000 de 33c. Facsímil "25º Aniversario de la Era de Trujillo" a RD$2.00
321,286 de 25c. Facsímil "Pabellón Dominicano en la Exposición de Bruselas" a RD$5.00
250,000 de 25c. Facsímil "Nuevo Sistema de Telecomunicaciones" a RD$1.00
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de enero del mil novecientos sesenta y uno, años 117º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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