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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 909

DEL P. E. MANDANDO PONER A DISPOSICION DEL MINISTRO DE HACIENDA $20000 EN METALICO, PARA LLEVAR A CA...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 1866fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
1866. Santo Domingo, Febrero 3 de 1866.-Firmado.-El Minis- tro de lo Interior y Policia, Pedro A. Pimente1.-Es eopia.-El oficial mayor, Blas R. Bonilla. 4b Num. 908.-DEORETO del P. E. aceptando la renuncia del ge- neral Jos6 Maria Cabral como Ministro d'e Guerra y Marina. Dios, Patria y Libertad.-Reptiblica Dominicans.-Buena- ventura Baez, Presidente de la Reptiblica. En vista de lo expuesto en feciha de ayelr por el ciudaldano general Jos6 Maria lCabra1, Secretario de Estado en 10s Despa- chos de Guerra y Marina, renunciando dicha Cartera a causa principal de su quebrantada salud, DECRET*O : Art. tinico. Queda aceptada la renuncia que lhace el ge- neral Jo& Maria Cabral, de la Secretaria de Estado de 10s Des- pachos de Guerra y Marina, estando mtisftedho de la manera c6mo !ha desempefiado este destino. Palacio Nacional de Santo Domingo a 17 de Febrero de 1866, 220. de la Independiencia y 39. de la Restauracion.-Bue- naventura Baez.-Refrendado : El Ministro de lo Interior y Policia, Pimentel. Nlfim. 909.-DECRETO del P. E. mandando poner a disposi- cion del Ministro de Hacienda $ 2010100 en mekilico, pa- ra lleyar a cabo la conversion del papel-moneda emiti- do por 10s diferentes Gobiernos durante la Revolucion. Dim, Patria y L,ibertad.-Reptiblica Dominicans.-Bulena- ventura Baez, por aiclaunacim del pueblo, Presidente de la Re- pfiblica. Considerando : que pacificadas las provincias del Cibao, es tiempo oportuno de llevar a cabo la conversion del papel- rnoneda emitido por 10s diferentes Gobiernos del period0 revo- lucionario. * t Considerando : que para cumplimentar esta operacion en el mas corto tiempo posible, es necesario fijar un t6rmino pre- ciso, pasado el cual quedara dicho papel-moneda fuera de cir- culacion. De acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, DECRETO : Art. 1 9 . En virtud de la resolucion tomada por el Gobierno del Protectorado, de acuerdo COR el comercio de las provi-ncias del Cibao, que fija el cambio del papel-moneda emitido duran- te el period0 revoliucionario a cinco mil unidades por un peso fuerte de plata i3 oro, se pone a disposicion del Ministro de Ha- ienda, la suma de veinte mil pesos fuertes en methlico, para $war a cabo la conversion del papel-moneda emitido por 10s diferentes Gobiernos de la revollucion a1 enunciado tipo de cin- co mil unidades por un peso fuerte de plata 6 oro. Art. 20. Cuarenta dias despues de publicado el presente en las provincias d:l Cibao, en cuya misma fecha debera princi- piar la conversion del papel, cesara la circulacion y aceptacion en 13s dficinas pcblicas de Hacienda. En cada locallidad se formulark acta de la publicacion por el Alcalde y primera autoridad politica. Art. 3 O . El Ministro de Hacienda queda facultado para nombrar comisiones que h v e n a cabo esta operacion, dictando las instrucciones necesarias a1 efecto, y del resultado se dar5 cuenta a1 Cmgreso. Dado en Santo Domingo, Capital de ia Repfiblica, a 10s 23 dias del mes de FEbrero de 1866, 220. de la Independencia y 3". de la Restauracion.-Buenaventura Baez . -Refrendado : El Ministro Secretario de Estado en 10s despachos de Hacienda y Comercio, Pedro T. Garrido. NGm. 91O.-DECRETO del C. N. autorizando a la Junta de Crkdito a emitir $ 1OO:OOO en billetes contra el tesoro. Dios, Patria y Libertad.-Rjepfiblioa Dominicans.-El Con- greso National, en nombre de la Repfibilica, declarada la ur- gencia .

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona