Núm. 884. —DECRETO del Protector creando y nombrando cuatro Secretarios particulares.
Dios, Patria y Libertad. —República Dominicana. —José María Cabral, General de division de los ejércitos nacionales y Protector de la República.
(1) V. núm. 844.
Considerando: que la Junta Ejecutiva, nombrada por decreto de la Asamblea fecha de ayer, da al Poder Ejecutivo que ejerzo una forma distinta de la que hasta ahora había tenido.
Considerando: que para el despacho de los diferentes ramos de la Administracion pública, se hace necesario crear Secretarías particulares que los dirijan.
En uso de las facultades de que estoy investido y prévio acuerdo de la Junta,
DECRETO:
Art. 1º Se crean cuatro Secretarías particulares, que se encargarán cada una de los diferentes ramos de la Administracion pública.
Art. 2º Quedan nombrados Secretarios particulares los ciudadanos general Pedro Alejandrino Pina, para los ramos de Interior y Policía.
José Gabriel García. para los de Justicia é Instruccion Pública.
Juan Ramon Fiallo, para los de Hacienda y Comercio.
General Julian Belisario Curiel, para los de Guerra y Marina.
§ Las Relaciones Exteriores quedan á cargo del Secretario de Justicia é Instruccion Pública.
Art. 3º Los Secretarios particulares, como órganos naturales de la Junta. comunican las órdenes y resoluciones acordadas por ella. y son responsables de los abusos que puedan cometer.
Dado en Santo Domingo. Capital de la República. á los 22 dias del mes de Octubre de 1865. 22º de la Patria y 3 de la Restauracion.—José María Cabral.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona