Texto de la norma
Decreto N° 1892, que crea e integra el "Instituto Duartiano".
(G. O. N° 9067, del 31 de Diciembre de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1892
CONSIDERANDO que es un deber de patriotismo la creación de un centro cultural destinado a difundir las excelitudes de la vida y obra de Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria y Fundador de la República, para edificación moral y cívica del pueblo dominicano;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se crea un organismo de carácter oficial que se designará con el nombre de "Instituto Duartiano", con sede en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, el cual tendrá su asiento permanente en la casa morada de Duarte, sita en la calle Isabel La Católica, de esta ciudad.
Art. 2.—El indicado Instituto estará integrado por miembros activos, honorarios y correspondientes, y se regirá por el Reglamento que adopte para su funcionamiento.
Art. 3.—En su inicio, el Instituto estará constituido por los siguientes miembros activos: Monseñor Hugo Eduardo Polanco Brito; Lic. Porfirio Herrera; Lic. Victor Garrido; Dr. Max Henríquez Ureña; Lic. Federico C. Alvarez; Dr. José Ri-
jo; Sócrates Nolasco; Haïm H. López-Penha; Lic. Pedro Troncoso Sánchez; Prof. Ramón del Orbe y del Orbe; Dr. Víctor Manuel Soñé Uribe; R. A. Font Bernard; Lic. José Manuel Machado; Lic. Ambrosio Alvarez Aybar; Aliro Paulino hijo; Dr. Enrique Patín Veloz; Dr. Vetilio Alfau Durán; Dr. Julio Jaime Julia; Dr. Mariano Lebrón Saviñón; Dr. Antonio Fernández Spender; Lic. Joaquín Salazar hijo; Dr. Fabio A. Note; Dr. Carlos Federico Pérez y Pérez; Lic. Freddy Prestol Castillo; Lic. Manuel A. Amiama; Lic. Francisco Elpidio Beras; Lic. Carlos Rafael Goico Morales; Lic. César A. Herrera; Lic. Manuel Ramón Ruiz Tejada; Ramón Emilio Jiménez; Doña Flérida de Nolasco; Dra. Altagracia Bautista de Suárez; Dra. Zoraida H. Vda. Suncar; Dr. Virgilio Hoepelman; Lic. Antonio Guerrero Peynado; Dr. Antonio Frías Gálvez; Jaime A. Lockward; y Dr. Alfredo Mere Márquez.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de diciembre del año mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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