Texto de la norma
Decreto Nº 1815, que restablece el Patronato Pro Hogar Escuela "Buen Pastor".
(G. O. Nº 9005, del 25 de Diciembre de 1967.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1815
VISTO el Decreto Nº 1230, de fecha 31 de julio de 1964, que designa con el nombre de "Buen Pastor" el Hogar Escuela, de Santiago;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se restablece el Patronato Pro Hogar Escuela "Buen Pastor", de Santiago de los Caballeros, Provincia de Santiago.
Art. 2.—El mencionado Patronato estará integrado, con carácter honorífico, de la siguiente manera: Dr. Sergio Bisonó, Presidente; Sra. Bertha Franco de Batlle, 1ra. Vicepresidenta; Sra. Nonora G. Vda. Espaillat, 2da. Vicepresidenta; Sra. Ana H. de Guzmán, Tesorera; Sr. José Ordeix, Secretario de Correspondencia; Sr. Alejandro Herrera, Secretario de Actas; Srta. Mérida Giralt, Asesora Pedagógica y Vocales, Sr. Armando E. Grullón, Dr. Octavio Almonte, Dr. M. U. Bonnelly, Dr. José Bircann Rojas y Sra. Ana T. de León.
Art. 3.—Dicho Patronato tendrá a su cargo velar por el buen funcionamiento del Hogar Escuela para varones, denominado "Buen Pastor", de Santiago de los Caballeros.
Art. 4.—La Junta Directiva del Patronato preparará el Reglamento contentivo de sus atribuciones, así como de las previsiones necesarias para su mejor desenvolvimiento, el cual deberá ser somesitdo a la aprobación del Poder Ejecutivo.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 105° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.