Núm. 839.—DECRETO de la Conv. N. declarando terminadas sus tareas.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Soberana Convencion Nacional.
Considerando: que la Soberana Convencion Nacional ha llenado su mision y agotado el objeto para que fué convocada,
DECRETA:
Art. único. Se declaran agotadas las materias presentadas a la Soberana Convencion Nacional, concluidas sus tareas y terminadas sus sesiones por el presente decreto de clausura.
Dado en la Sala de sesiones de la Soberana Convencion Nacional, en Santiago de los Caballeros, a los 25 dias del mes de Marzo de 1865, 22 de la Independencia y 2º. de la Restauracion.—El Vice-Presidente, José Eugenio Espinosa.—Los Secretarios: Vicente Morel, Miguel A. Roman, A. Eugenio Gazan.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona