miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 800

DEL G. P. MANDANDO SE HAGA RETORNAR A SUS FILAS, A LOS PENINSULARES QUE DESERTEN DE ELLAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 oct de 1864fecha
Otrostipo
Gobierno Provisionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 800.—DECRETO del G. P. mandando se haga retornar a sus filas, a los peninsulares que deserten de ellas. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Gobierno Provisorio. En atención a que la perfidia del enemigo ha llegado al extremo de hacer pasar a nuestras filas soldados peninsulares en clase de desertores, para que ejerzan el espionaje y la sonsaca. En atencion a que la indolencia del gobierno pasado autorizaba este método de hacernos la guerra. Atendiendo tambien a que el ejército dominicano no necesita ser engrosado por peninsulares para llevar a cabo la obra gloriosa de nuestra Restauracion; y siendo indispensable precaver tan grave mal, SE MANDA: Art. 1º Todo jefe de canton donde se presente algun peninsular civil o militar, en clase de desertor del campo enemigo, deberá hacerlo retornar a sus filas sin consideracion alguna. Art. 2º. Si el individuo que se presentare en cualquier canton fuese dominicano, será aceptado con toda clase de atenciones, y remitido al Superior Gobierno para que éste lo deje en completa libertad. Dado en Santiago a los 17 dias del mes de Octubre de 1864, 21º de la Independencia y 2º de la Restauracion.—El Presidente, Gaspar Polanco.—La Comision de la Guerra: J. B. Curiel, Candelario Oquendo.—La Comision del Interior: Máximo Grullón, Silverio Delmonte.—La Comision de Hacienda: R. M. Leyba, P. Pujol.—La Comision de Relaciones Exteriores: M. Rodriguez Objio.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona