Texto de la norma
Núm. 795.—DECRETO del Presidente del G. P. nombrando Vice-Presidente al Sr. Don Ulises F. Espaillat.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—José Antonio Salcedo, General en jefe de los ejércitos dominicanos y Presidente del Gobierno.
Considerando: 1º. que aunque por el articulo 1º. del decreto reformatorio del Gobierno, fecha 24 del corriente se dispuso—"quedase reducido su personal a solo su actual Presidente, acompañado de un Secretario general", es de imperiosa necesidad la existencia de un Vice-Presidente que le sustituya en las faltas accidentales.
2º. Que tal medida la hacen imperiosa, no solo la mejor dirección de los destinos de la Nacion, sino las separaciones frecuentes del Presidente como jefe principal encargado de la direccion de la guerra.
3º. Que aquel decreto reformatorio del Gobierno, que las circunstancias exijieron, aunque mucho honra al Presidente, le constituye en la calidad de Jefe absoluto de la República, cuyo carácter no está en su voluntad ni es conforme a sus principios continuar gobernándola,
DECRETA:
Art. 1º. Nombro para desempeñar el honroso puesto de Vice-Presidente del Gobierno de la República al Sr. Ulises Francisco Espaillat, que ántes lo ha desempeñado con la capacidad, patriotismo y contraccion que le son propias.
Art. 2º. El Secretario general autorizará los actos del Presidente cuando le acompañe fuera del Gobierno: en el seno de éste llevará el libro de actas y resoluciones generales, y de los decretos del Gobierno, los cuales custodiará en su archivo.
Art. 3º. Queda reformado de la manera expresada el referido decreto de 24 de los corrientes, y vijente en todo lo demas que contiene. (1).
Art. 4º. Comuníquese al electo con copia, publíquese y circule como corresponde.
Dado en Santiago, en la sala del despacho, a 31 de Agosto de 1864.—El Presidente, José A. Salcedo.—El Secretario general, M. Ponce de Leon.
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