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Decreto

Decreto 760

BANDO del Gobernador Capitan General declarando bloqueadas por las fuerzas navales de S. M. todas las costas de la isla y sus aguas litorales

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 oct de 1863fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 760.—BANDO del Gobernador Capitan General declarando bloqueadas por las fuerzas navales de S. M. todas las costas de la isla y sus aguas litorales. Don Felipe Ribero y Lemoyne, Gobernador Capitan General de la parte Española de la isla de Santo Domingo y General en jefe del Ejército de la misma. Habiéndose declarado en rebeldía contra S. M. Católica la Reina Doña Isabel II y la Madre Patria, varias provincias del territorio de la parte Española de esta isla de Santo Domingo, y en el deber de adoptar las providencias correspondientes para impedir que los revolucionarios reciban auxilios por las costas; usando de las facultades que por ordenanza me competen como Capitan General y General en jefe de este ejército, ORDENO Y MANDO: Art. 1º. Quedan declaradas en bloqueo por las fuerzas navales de S. M. todas las costas de la Isla y sus aguas litorales; y en consecuencia todo buque podrá ser requerido por sus papeles y documentos y examinado escrupulosamente. Los que viniesen cargados de gente, sea cualquiera su procedencia y destino, son desde luego sospechosos; pero si sus papeles y registro no lo confirman, serán únicamente obligados a alejarse: en el caso contrario, en el de faltas marcadas de documentos, en el de traer cargamentos de armas y municiones o efectos que de alguna manera puedan contribuir a fomentar la rebelión, serán (1)—No aparece la firma del General José A. Salcedo, presidente del Gobierno, por hallarse entonces en campaña. considerados como enemigos y tratados como tales con arreglo a las ordenanzas de la Real Armada. Art. 2º. Este Bando se publicará y circulará inmediatamente en la forma de costumbre para su puntual cumplimiento.— Santo Domingo, 5 de Octubre de 1863.—Felipe Ribero.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona