Texto de la norma
Núm. 684 —ORDEN de la brigada del dia 8 de Abril de 1861 en Santo Domingo.
La República Dominicana, despues de 40 años de separacion, ha vuelto por un acto expontáneo de su voluntad, al seno de la madre patria.
La fuerza de los sucesos, y no la deslealtad de su hijos los alejó de la Metrópoli, y hoy al volver á ella, son, lo que no quisieron dejar de ser nunca, hermanos nuestros.
Antecedentes honrosos son éstos que no puede ni debe echar en olvido el ejército que viene en nombre de S. M. la Reina (q. D. g.) á guarnecer esta rica y preciada Antilla. Con este motivo, he tenido por conveniente hacer á los cuerpos las prevenciones generales siguientes:
1ª No existiendo esclavitud en este país, e iguales en derechos todos sus ciudadanos, la clase de color goza de las mismas consideraciones que la blanca.
2ª Consecuencia natural de lo expuesto es: que haya en la isla señores generales, gefes y oficiales de color y blancos; pero que á todos se han de tributar iguales respetos y consideraciones que las que señalarán las reales ordenanzas á las respectivas gerarquías.
3º Consideraciones políticas importantes, que hasta un deber de gratitud hácia nuestros hermanos, hacen necesarias que el ejército español, modelo siempre y en todas ocasiones de disciplina y proverbial honradez, ostente aquí esas mismas prendas que tanto le enaltecen, observando una conducta prudente y cariñosa con los naturales, alejando disputas y procurando, á toda costa, conquistarse la admiracion y simpatía de los dominicanos.
4º Los señores gefes de cuerpo serán en este punto inexorables, teniendo entendido que les exigiré la mas estricta responsabilidad por la falta de sus subordinados, á cuyo efecto, y para prevenirlas quedan autorizados para adoptar por sí cuantas providencias les sugiera su celo, y conspiren al noble fin propuesto.
5º Esta órgen general se leerá á las compañías por los señores oficiales de semana, que cuidarán de inculcar en la tropa las ideas que contiene.
6º Al Exmo. Señor General don Pedro Santana, Gobernador general de la isla, se le harán por las guardias, los honores de Capitan General de provincia, y á los demas señores generales los que por su clase les correspondan.
Todo lo que hago saber en la órden de este día, para general conocimiento, y cumplimiento.—Antonio Peláez.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.