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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6942

que otorga, como homenaje póstumo, las medallas de "Maimón" y "Estero Hondo" al Alférez de Navio Efraín Tomás Pimentel Bello, M. de G

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jul de 1961fecha
Condecoracióntipo
G. O. 8593Gaceta Oficial del 7 ago de 1961
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 6942 que otorga, como homenaje póstumo, las medallas de "Maimón" y "Estero Hondo" al Alférez de Navio Efraín Tomás Pimentel Bello, M. de G. (G. O. No. 8593 del 7 de Agosto de 1961) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO:6942 CONSIDERANDO: Que por justiciera recomendación del Insigne Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, se instituyeron las medallas de "Luperón", "Constanza", "Maimón" y "Estero Hondo", con el objeto de premiar a los militares y civiles que en una forma u otra se distinguieron repeliendo la agresión comunista mediante la cual se trató de profanar el suelo de la Patria; CONSIDERANDO: Que esas condecoraciones deben también otorgarse póstumamente a aquellos valientes soldados que heróicamente perecieron en el cumplimiento de su deber frente al enemigo en las operaciones de "Constanza", "Maimón" y "Estro Hondo", e igualmente a quienes fallecieron posteriormente, luego de haberse distinguido por su lealtad y valor en las operaciones de destrucción y captura de los sediciosos que intentaron turbar la paz de la República; VISTA la Ley No. 5176 del 24 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.— Otorgar, como por el presente otorgo, como homenaje póstumo, a Alférez de Navío Eirain Tomás Pimentel Bello, M. de G., las medallas de "Maimón" y "Estero Hondo", en la tercera categoría. Art. 2.— Dichas medallas y sus diplomas serán entregados a los parientes más cercanos del militar a quien se rinde este póstumo homenaje, o a las personas que designen los parientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de julio del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona