Decreto No. 6843, que deroga el Decreto No. 6387
(G. O. No. 8586 del 12 de Julio de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6843
VISTO el Decreto No. 186 del 23 de julio de 1931;
CONSIDERANDO que las renuncias elevadas últimamente al Poder Ejecutivo por miembros de la Academia Dominicana de la Historia, hacen indispensable una reorganización de dicho centro académico sobre el fundamento de su funcionamiento estatutario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Queda derogado el Decreto No. 6387 de fecha 26 de enero de 1961, relativo a la integración de la Academia Dominicana de la Historia.
Art. 2.—En lo sucesivo la Academia Dominicana de la Historia se regirá conforme a su propio estatuto y en consecuencia, sus miembros serán elegidos de acuerdo con lo que disponen los artículos 14 al 24 de dicho estatuto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de junio del mil novecientos sesenta y uno, años 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 32º de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona