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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6779

QUE ESTABLECE NUEVAMENTE UNA TARIFA SOBRE LAS CONVERSACIONES TELEFONICAS DE LARGA DISTANCIA A TRAVES...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jun de 1961fecha
Otrostipo
G. O. 8582Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Xit, 1.-Se restablece el articulo 77 del Reglamento (;e- neral de Telbgrafos y Telefonos, No. 5281, de fecha 5 de julio de 1913, para que rija tal como fue rnodificado por el De. crnto No. 988 de fecha 13 de mano dc 1941, Art. 2.-Se deroga el Decreto No. 6334 de fecha 30 de enero de 1961. DADO en CiudaG Trujillo, Distrito Nacional, Ca;r-.i'nl :le la Repub-ica Doniinicana, a lo: catorce dias del me3 de ju_n.io dcl mil noveciefitos sesenta y uno, afios 1180 de la Inde- pndencia, 989 de la Restauracion y 329 de la Era de TrujGo. JOAQUIN BALAGUER. NUMERO: 67% t Telecomunicaciones de ondas métricas y de las estaciones radioeléctricas por intermedio de la Central HICA. estarán sujetas a la siguiente tarifa: Conversaciones telefónicas de larga distancia a través de la Red Alámbrica del Estado, con un minimum de tres minutos/kilómetro.... RD$ 0.05 Por cada minuto/kilómetro adicional ...... RD$ 0.05 Conversaciones telefónicas de larga distancia por la Red de Telecomunicaciones de Ondas Métricas y por las Estaciones Radiotelefónicas a través de la Central HICA, por un periodo de 3 minutos .......................... RD$ 1.50 Por cada minuto adicional .............. RD$ 0.30 Párrafo I.— Cuando en una conversación telefónica de larga distancia intervengan Oficinas ajenas a la Dirección General de Telecomunicaciones, se cobrará además de la presente tarifa, la que dichas oficinas tengan establecida. Párrafo II.— Cuando una conversación telefónica de larga distancia se efectúa por la Red Alámbrica del Estado y por las Estaciones de Radio, se cobrarán las tasas establecidas para ambos servicios. Art. 2.— Queda derogado el Decreto No. 6393 de fecha 30 de enero de 1961. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de junio del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona