Texto de la norma
Decreto No. 6775, que cambia las condecoraciones nacionales otorgadas al ex Mayor General José René Román Fernández, E. N.
(G. O. No. 8581 del 17 de Junio de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6775
CONSIDERANDO que el ex Mayor General José René
Román Fernández, E. N., participó en el vil complot que culminó con el alevoso atentado en el cual perdió la vida el ilustre Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, crimen cobarde y execrable que ha conmovido el alma nacional y merecido la reprobación unánime del pueblo dominicano;
VISTAS las disposiciones de las Leyes No. 1517 de fecha 13 de junio de 1938; No. 21 del 15 de noviembre de 1930; No. 1516 de fecha 13 de junio de 1938; No. 3438 del 13 de febrero de 1953; No. 3880 del 13 de julio de 1954; No. 3351 de fecha 3 de agosto de 1952; No. 3799 de fecha 4 de abril de 1954; No. 4149 del 14 de mayo de 1955 y No. 5176 del 24 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan canceladas las condecoraciones otorgadas al ex Mayor General José René Román Fernández, E. N., en las siguientes órdenes: Orden de Trujillo, Mérito Militar, Orden del Generalísimo, Gran Cordón Presidente Trujillo, Mérito Naval, Mérito Aéreo, Mérito Policial, Benefactor de la Patria, Medalla de Estero Hondo y Medalla de Maimón. La cancelación comprende tanto las que se le habían otorgado originalmente, como aquellas que dicho ex Mayor General recibió posteriormente, por ascenso de grado.
Art. 2.—El presente Decreto modifica en cuanto sea necesario los Decretos No. 3355 de fecha 11 de febrero de 1946; No. 3888 del 22 de octubre de 1946; No. 7713 de fecha 24 de octubre de 1951; No. 8976 del 21 de abril de 1953; No. 9532 de fecha 27 de noviembre de 1953; No. 881 de fecha 25 de mayo de 1955; No. 1360 de fecha 23 de diciembre de 1955; No. 5840, del 14 de junio de 1960 y No. 5841 del 14 de junio de 1960.
Art. 3.—Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de junio del mil novecientos sesenta y uno, años 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 32º de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER.
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