Texto de la norma
Decreto No. 6770, sobre supervigilancia, régimen y disciplina de la Penitenciaría Nacional de La Victoria.
(G. O. No. 8580 del 12 de Junio de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6770
VISTA la Ley Orgánica de Secretarías de Estado No. 4378, de fecha 10 de febrero de 1956, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—En lo sucesivo la Secretaría de Estado de Justicia tendrá bajo su dirección todo cuanto concierne a la supervigilancia y régimen interno de la Penitenciaría Nacional de La Victoria, y deberá preparar un Reglamento General para la organización y funcionamiento de dicho establecimiento, el cual someterá a la aprobación del Poder Ejecutivo.
Art. 2.—El régimen y disciplina de dicha Penitenciaría estará a cargo de autoridades de la Policía Nacional y de los empleados civiles que se considere conveniente.
Art. 3.—Mientras se dicte el Reglamento General regirán las disposiciones contenidas en el Reglamento No. 1085 de fecha 6 de abril de 1943, en cuanto esas normas sean compatibles con el régimen que establece el presente Decreto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de junio del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER.
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