Texto de la norma
Decreto No. 6686, que autoriza una emisión de sellos postales para el pago de primas de envíos de Valores Declarados. (G. O. Nº 8574 del 18 de Mayo de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6686
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461 del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza una emisión de sellos postales para el pago de las primas de envíos de Valores Declarado.
100,000 (Cien Mil) sellos del tipo de RD$0.15, (Quince Centavos) color azul y negro.
50,000 (Cincuenta Mil) sellos del tipo de RD$0.25 (Veinticinco Centavos) color mamey y negro.
25,000 (Veinticinco Mil) sellos del tipo de RD$0.25 (Veinticinco Centavos) color mamey y negro.
25,000 (Veinticinco Mil) sellos del tipo de RD$0.50 (Cincuenta Centavos) color verde y negro.
10,000 (Diez Mil) sellos del tipo de RD$0.90 (Noventa Centavos) color sepia y negro.
Estos sellos serán impresos en forma rectangular, en tamaño de 33 y 24 milímetros, y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el Escudo Nacional; a lo largo de la línea superior del sello se leerá "República Dominicana" y a la izquierda y derecha del Escudo, en sentido vertical "Servicio e Interior" respectivamente, abajo, colindando con el margen inferior, dirán "Prima de Valores Declarados"; en el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial del sello, en guarismos, y en el derecho el signo de centavos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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