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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6635

QUE NOMBRA AL SEÑOR SANTIAGO AUGUSTO MENA VALERIO CONSUL DE LA REPUBLICA EN CABO HAITIANO, HAITI

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 abr de 1961fecha
Designacióntipo
G. O. 8571Gaceta Oficial del 3 may de 1961
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Santiago Augusto Mena ValerioDesignaciónEn sustitución de Bolívar Belliard SarubbiCónsul de la República en Cabo Haitiano, Haití
Bolívar Belliard SarubbiSustituido en el cargoCónsul de la República en Cabo Haitiano, Haití

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Santiago Augusto Mena Valerio · Cónsul de la República en Cabo Haitiano, Haití

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 25 may de 1961. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 6635, que nombra al señor Santiago Augusto Mena Valerio Cónsul de la República en Cabo Haitiano, Haití. (G. O. Nº 8571 del 3 de Mayo de 1961) JOAQUIN BALAGUER, Presidente de la República Dominicana NUMERO: 6635 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— El señor Santiago Augusto Mena Valerio queda nombrado Cónsul de la República en Cabo Haitiano, Haití, en sustitución de Bolívar Belliard Sarubbi, con efectividad el 1ro. de mayo de 1961. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de abril del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona