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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6629

QUE MODIFICA EL ART. 26 DEL DECRETO N° 4807, SOBRE EL CONTROL DE ALQUILERES DE CASAS Y DESAHUCIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 abr de 1961fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 8571Gaceta Oficial del 3 may de 1961
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 6629, que modifica el Art. 26 del Decreto No. 4807, sobre el Control de Alquileres de Casas y Desahucios. (G. O. Nº 8571 del 3 de Mayo de 1961) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 6629 VISTO el Decreto No. 4807 de fecha 16 de mayo de 1959, sobre Control de Alquileres de Casas y Desahucios; En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley No. 5112, del 24 de abril de 1959, que ratifica la No. 2700, del 28 de enero de 1951, sobre Medidas de Emergencia; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— Se modifica el artículo 26 del Decreto No. 4867, de fecha 16 de mayo de 1959, para que rija del siguiente modo: "Art. 26.— Habrá una Comisión de Apelación sobre Alquileres de Casas y Desahucios, que estará integrada por el Secretario de Estado de Justicia, el Presidente de la Junta Central Directiva del Partido Dominicano y el Síndico del Distrito Nacional, o por los funcionarios que éstos designen en su representación, dentro de sus respectivas dependencias, a la que podrán recurrir en apelación los propietarios e inquilinos, contra cualquier decisión del Control de Alquileres de Casas y Desahucios, con la cual no estuvieren conformes. Un funcionario o empleado de la Secretaría de Estado de Justicia designado por el Secretario, actuará como Secretario de esta Comisión sin voz ni voto. Los motivos de inhibición a que se refiere el artículo 1 Párrafo III de este Decreto, se aplicarán también a los miembros de la Comisión de Apelación, quienes serán reemplazados, cuando proceda, por sus sustitutos legales, pudiendo éstos a su vez hacerse representar en la forma establecida precedentemente". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de abril del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona