Decreto No. 6623, que modifica el Artículo 1 del Decreto No. 4808, del 16 de mayo de 1959, sobre franqueo postal.
(G. O. Nº 8570 del 26 de Abril de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6623.
VISTAS las disposiciones del artículo 192 de la Ley de Vías de Comunicación y las estipulaciones contenidas en el Contrato celebrado entre el Estado Dominicano y la Pan American Airways Inc. en fecha 8 de junio de 1930:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Queda modificado el artículo 1 del Decreto No. 4808 de fecha 16 de mayo de 1959, para que rija del siguiente modo:
"Art. 1.— La tarifa que deberá cobrarse al público, además del franqueo ordinario, o el que corresponda a servicios especiales, para el transporte aéreo de las cartas y tarjetas postales (LC) destinadas al extranjero, será la siguiente:
Países de Destino — Tasas por cada 20 grs. o Fracc. — Tasas por cada 20 grs. o Fracc.
Antigua — RD$ 0.02
Argentina — 0.21
Barbados — 0.04
Bolivia — 0.16
Brasil — 0.16
Chile — 0.17
Colombia — 0.09
Costa Rica — 0.07
Cuba — 0.05
Curazao y demás Antillas Holandesas — 0.02
Ecuador — 0.08
Estados Unidos de América — 0.05
El Salvador — 0.07
Guayana Francesa — 0.07
Guayana Británica — 0.05
Guayana Holandesa — 0.06
Guadalupe — 0.03
Guatemala — 0.08
Haiti — 0.01
Honduras — 0.07
Islas Virgenes a) territo. APAE — 0.01
b) territo. UPU — 0.01
Jamaica — 0.02
Martinica — 0.03
Países de Destino | Tasas por cada 20 grs. o Fracc. | Tasas por cada 20 grs. o Fracc.
México RD$0.11
Nicaragua 0.07
Panamá 0.05
Perú 0.12
Puerto Rico 0.01
Trinidad 0.05
Uruguay 0.21
Venezuela 0.04
Zona del Canal 0.05"
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de abril del mil novecientos sesenta y uno. años 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona