Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
el Gobierno Dominicano, se observaran las siguientes regllla-
i‘iones :
a) Toda persona adulta que visite interionnente el “l-’an-
te6n de la Patria”, debera pagar la sunla dz un peso or0 (RD
$1 .OO), y 10s niiios pagzrjn ciEcuenta centavos (RT)?O.50).
t)) El product0 de este iiigreso sera espscia!izado para c.2-
grosar 10s fondos de la Defensa X\Tacional, y In percepc%n del
m i m i ) quedarii a cargo del enipleado que determilie el Crtlec-
tor de Rentas Internas v Bieiies Nx5cnales, con !a co.probaci6n
del Director General de Rent3.s Internas y Rieiies Xacionales,
quien trazarti las nornias de est2 recaudacicin.
1)ADO en Cilrdad Truiiiio, Ilistrilo Saciona!: Capital de
la Rq)Cblica Dominicana, a 10s 18 dias del mes d? ahriI de1 mi1
norecieiitos sesenta y uno, afios llgQ de 13. Independencia, 989
(!e 1:) Restawficibii y 310 de la Era (le 7‘1-ujillo.
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— El señor Miguel Armando Rivas queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Libertador, para llenar la vacante producida con motivo de la renuncia del señor Manuel de Jesús Estrada Medina.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de abril del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto No. 6622. que nombra al Cónsul General de la República en Montreal, Delegado ante la Quinta Conferencia Departamental sobre Licencias al Personal y Medicina Aeronáutica. (G. O. Nº 8570 del 26 de Abril de 1961)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 6622.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 51 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El señor Eduardo Pou, Cónsul General de la República en Montreal, Canadá, queda nombrado Delegado ante la Quinta Conferencia Departamental sobre Licencias al personal y medicina aeronáutica que se celebrará en Montreal, del 25 de abril al 16 de mayo de 1961.
Art. 2.— Queda derogado el Decreto Nº 6572 de fecha 30 de marzo de 1961.
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