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Decreto

Decreto 6596

que nombra a los señores Manuel V. Ramos y H. E. Priester, Gobernador y Gobernador Suplente, respectivamente, ante el Banco Interamericano de Desarrollo, e integra la Delegación de la República a la 2da. Asamblea de Gobernadores de dicho Banco

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 abr de 1961fecha
Designacióntipo
G. O. 8566Gaceta Oficial del 15 abr de 1961
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 6596, que nombra a los señores Manuel V. Ramos y H. E. Priester, Gobernador y Gobernador Suplente, respectivamente, ante el Banco Interamericano de Desarrollo, e integra la Delegación de la República a la 2da. Asamblea de Gobernadores de dicho Banco. G. O. No. 8566, del 15 de abril de 1961. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 6596. VISTO el Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo aprobado por Resolución del Congreso Nacional Nº 5236, del 23 de octubre de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El señor Manuel V. Ramos, Gobernador del Banco Central de la República, queda nombrado Gobernador por la República Dominicana ante el Banco Interamericano de Desarrollo. Art. 2.— El señor H. E. Priester, Cónsultor Económico al servicio del Poder Ejecutivo, queda designado Gobernador Suplente Temporal. Art. 3.— El señor Manuel V. Ramos y el señor H. E. Priester integrarán, en sus respectivas calidades, junto con el licen- ciado Porfirio Herrera Báez, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, y quien actuará como Asesor, la Delegación de la República Dominicana a la Segunda Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo, que se celebrará en Río de Janeiro, Brasil, a partir del día 10 de abril corriente. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de Abril del año mil novecientos sesenta y uno, año 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona