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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6501

que reglamenta las solicitudes que haga toda persona o institución a fin de que el Estado construya o repare caminos vecinales o intermunicipales

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 mar de 1961fecha
Otrostipo
G. O. 8557Gaceta Oficial del 8 mar de 1961
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6501, que reglamenta las solicitudes que haga toda persona o institución a fin de que el Estado construya o repare caminos vecinales o intermunicipales. G.O. Nº 8557, del 8 de Marzo de 1961 JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 6501 VISTO el artículo 25 de la Ley de Vías de Comunicación Nº 1474 del 22 de febrero de 1938; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Toda persona o institución, sea que ejerza una función pública cualquiera o sea que tenga ca- rácter exclusivamente privado, que se dirija al Poder Ejecutivo en solicitud de que el Estado construya o repare caminos vecinales o intermunicipales, deberá justificar, a fin de que su instancia pueda ser considerada, que dicha construcción o reparación es requerida en el interés general. Párrafo.—Para esos fines el solicitante deberá anexar a su solicitud un informe, tan amplio como fuere posible, acerca de la naturaleza y de la importancia de los cultivos a que se destinan los terrenos que se beneficiarían con la construcción o reparación de esos caminos, así como de las empresas radicadas en tales lugares, y cualquiera otra información que tienda a comprobar la necesidad y la conveniencia pública de que el camino sea contruido o reparado. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona