Texto de la norma
Decreto Nº 6445, que aprueba la Resolución Nº 18-60 de la Junta del Distrito Municipal de Sosúa sobre la venta de inmuebles propiedad de dicha Junta.
G. O. No. 8553, del 25 de Febrero de 1961.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6445.
VISTA la Resolución Nº 18-60 de fecha 28 de octubre de 1960, dictada por la Junta del Distrito Municipal de Sosúa,
Provincia de Puerto Plata, por la cual ese organismo dispone vender ocho casas de madera, en mal estado, ubicadas en el Barrio "Los Charamicos", de ese Distrito Municipal, que le fueron donadas por la Dominican Republic Settlement Association Inc., (DORSA);
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley N° 4381 del 10 de febrero de 1956; y,
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 25 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO:—Apruebo la resolución mencionada precedentemente y en consecuencia autorizo a la Junta del Distrito Municipal de Sosúa, Provincia de Puerto Plata, a vender a los señores Ramón Antonio Almánzar, Justino Quiroz, María Vásquez, Felipe N. Durán, Desiderio Mercedes, Andrés Osorio, Emilio Disla y Honoria Vásquez, sendas casitas, propiedad de dicha Junta, ubicadas en el Barrio "Los Charamicos", de aquella localidad, en las sumas de RD$15.00, RD$20.00, RD$20.00, RD$20.00, RD$30.00, RD$10.00, RD$30.00 y RD$20.00, respectivamente.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de febrero del mil novecientos sesenta y uno, años 117° de la Independencia, 98° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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