Texto de la norma
Decreto N° 1664, que autoriza a la Sra. Bolivia Ceballos C. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9054, del 30 de Septiembre de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1664
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Bolivia Ceballos Caraballo, dominicana, mayor de edad, soltera, de oficios domésticos, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], fue autorizada en fecha 2 de mayo de 1967, a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para agregar el nombre de Carmen a su nombre actual;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República ha certificado, en fecha 15 de agosto de 1967, que no
se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Bolivia Ceballos Caraballo, quien desea llamarse Carmen Bolivia Ceballos Caraballo;
VISTOS los artículos 80, 81 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Bolivia Ceballos Caraballo, queda autorizada a agregar el nombre de Carmen a su nombre actual.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y siete, años 124º de la Independencia y 105º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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