miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1621

que declara de alto interés el estudio para la adopción de medidas sobre la reestructuración económica de la Provincia de San Pedro de Macorís, e integra al efecto una Comisión

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 sept de 1967fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9054Gaceta Oficial del 30 sept de 1967
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Braulio Alvarez SanchezDesignación—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Braulio Alvarez Sanchez

    Otros 20 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 1621, que declara de alto interés el estudio para la adopción de medidas sobre la reestructuración económica de la Provincia de San Pedro de Macorís, e integra al efecto una Comisión. (G. O. N° 9054, del 30 de Septiembre de 1967) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1621 CONSIDERANDO que es de interés, no sólo regional sino nacional, la adopción de medidas destinadas a operar una reestructuración de los factores de desarrollo que habían producido una riqueza distributiva en todas las clases sociales y económicas de la Provincia de San Pedro de Macorís, agrupadas alrededor de las actividades industriales y comerciales de la producción azucarera, medidas que estarían destinadas al resurgimiento económico de una región actualmente depauperada y marginada, no obstante abarcar el mayor potencial agrícola e industrial para la producción del azúcar principal producto de exportación nacional; CONSIDERANDO que para hacer efectivas cualesquiera medidas que pudiese impulsar el Gobierno Nacional, se requiere una confrontación a fondo del problema actual de San Pedro de Macorís, y consiguientemente, una consulta y análisis en los aspectos sociales, económicos, jurídicos y tributarios característicos de la región, lo mismo que otros factores de naturaleza no especialmente prevista, pero útiles al propósito de captación y solución del problema en todos sus aspectos, para ajustar las medidas a los requerimientos de una evaluación racionalizada; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se declara de alto interés el estudio para la adopción de medidas destinadas a provocar una reestructuración económica de la Provincia de San Pedro de Macorís, mediante una coordinación y ajustamiento de sus medios de producción agrícola, industrial y de comercio tradicionales, además de otros factores de producción y desarrollo que pudiesen ser incorporados por el sector público, y el sector privado bajo la protección del Gobierno Nacional. Art. 2.—Se designa una Comisión para el exámen de problemas y evaluación de los mismos, en referencia al comercio y de la producción agrícola y pecuaria de la Provincia de San Pedro de Macorís, integrada de la siguiente forma: Lic. Porfirio Herrera; Lic. José María Vidal Velázquez; Dr. Barón del Giudice; Nicolás Gual; Enrique Ricart hijo; Enrique Bello Cairo; Jean Vicini; Felipe Vicini Cabral; Pedro Justo Carrión; Dr. José A. Hazin; Dr. Salvador Ortiz; Lic. Ramón de Wint Lavandier; Lic. Manuel Richiez Acevedo; Emilio Mañán; Dr. Miguel Acta Fadul; Dr. Carlos Alcover; Lic. Juan Natera García; Prof. Carmen Coiscou; Prof. Blanca Díaz Ordóñez; Prof. Caridad Astacio de Terrible; Prof. Consuelo Brea; Prof. Lidia Lugo de Martínez; Olinda del Guidice; Teresa Ruiz De Wint; Ligia Bobadilla de Carrión; Amada Enriqueta De Wint; Sonia Torres de Mallén; Enriqueta Escoto; Manuel Mallén Isambert; Dr. Félix Barbosa Aquino; Dr. Felipe Rodríguez Mota; el Administrador del Ingenio Santa Fé; el Administrador del Ingenio Consuelo; el Administrador del Ingenio Porvenir; el Administrador del Ingenio Quisqueya y el Lic. Freddy Prestol Castillo, quien actuará como Secretario Ejecutivo Coordinador. Art. 3.—Dicha Comisión funcionará válidamente con la presencia de tres (3) Miembros y será convocada e informada por el Secretario Ejecutivo-Coordinador; recibirá la colaboración de todos los Departamentos de la Administración Pública, cuyos empleados y funcionarios estarán obligados a suministrar toda información y prestar los servicios, estudios y asistencia que se les requieran, dentro de sus atribuciones y disponibilidades, facilitando, en caso necesario, personal y equipo a la Comisión. Las funciones de la Comisión son honoríficas. Art. 4.—La Comisión procederá a la consulta, análisis y evaluaciones de datos y hará una exposición ordenada de los diversos asuntos enfocados; señalará el orden de prioridad de los problemas y sugerirá medios de solución. También podrá intercalar sugerencias y programas, aún extraños a las situaciones tradicionales y a los medios de producción habituales en la región, que se consideren eficientes para contribuir a su crecimiento económico y a la incrementación de actividades productivas de empleo y de aumento del producto nacional bruto. El informe de la Comisión será redactado por el Secretario Ejecutivo Coordinador y suscrito por todos los miembros presentes, una vez aprobado por mayoría relativa. Estas labores deberán estar terminadas en un término de tres (3) meses, salvo prórroga justificada. Art. 5.—El Secretario Administrativo de la Presidencia transmitirá, sin demora, al Presidente de la República, cualquier solicitud o informe de la Comisión. DADO en Santo Doinin yo de Guznian, Distrito Nacional, Capital de la Republica Doniinicana, a 10s cinco di'as del mes de septiembre del alio mil novecientos sesenta y siete, aiiios 1240 de la Independencia y 105" de la Restaufacirin. JOAQUIN BALAGUER Dlecreto No 1622, que transfierc a1 Coronel Braulio Alvarez Siinchez E. N. a la Policia Nacional y lo designa Jefe de la (Policia Nacional, c'oa rango transitorio de General de Brigada. (G. 0. No 0054, del 30 de Septiembre de 1967) c, JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Rephblica Dominicana NIJ'RIERO 1622 VISTA la Ley Or&niea de las Fuerzas Armadas N9 168, de fecha 6 de marzo de 1964; VISTA la Ley Iiistitucicnal de la Policia Nacional NP 6141, de fecha 28 de diciembre de 1962; Ea ejercicio de Pas atribucioi,es que me coilfiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Rephblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. l.-El Coronel Brzulio Xlvarez Sanchez, EX., queda traiisferido a la Policia Nacional. Art. 2.-Se designa a1 Coronel Braulio Alvarez Sanchez, 1'. N.. Jefe de l'a Policia Nacional. Art. 3.-Dicho oficiai ostentara el rango de General .!e Brigada, transitorio, niientras dure en el ejercicio de las fun- ciones para las cuales se designa por el presente Decreto. DADO en S'anto Doming0 de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dokninicana, a Los seis d.'as del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y siete, afios 124p de la Independencia y 1050 de la Restauhcih. JOAQUIN BALAGUER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.