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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1618

que crea e integra una Comisión Investigadora encargada de investigar los hechos ocurridos en el balnearío de Boca Chica el 31 de Agosto del presente año

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 sept de 1967fecha
Designacióntipo
G. O. 9053Gaceta Oficial del 20 sept de 1967
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Fernando A. Chalas ValdezDesignaciónen comisión para que procedan a realizar una minuciosa investigación de los hechos ocurridos en el poblado del Balneario de Boca Chica,Distrito Nacional, el 31 de agosto del presente año, en los cuales perdieron la…

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Fernando A. Chalas Valdez · en comisión para que procedan a realizar una minuciosa investigación de los hechos ocurridos en el poblado del Balneario de Boca Chica, · Distrito Nacional, el 31 de agosto del presente año, en los cuales perdieron la…

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1618, que crea e integra una Comisión Investigadora encargada de investigar los hechos ocurridos en el balnearío de Boca Chica el 31 de Agosto del presente año. (G. O. Nº 9053, del 20 de Septiembre de 1967) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NÚMERO 1618 CONSIDERANDO que recientemente ocurrieron hechos lamentables en el poblado del Balneario de Boca Chica, del Distrito Nacional, en los cuales perdieron la vida el Dr. Francisco José Peynado Velázquez (Frank) y el Capitán Puro De la Cruz y Cruz, P. N., en un cambio de disparos entre el mencionado Dr. Peynado Velázquez y una patrulla de la Policía Nacional; CONSIDERANDO que, para el mejor esclarecimiento de esos hechos, a fin de que la opinión pública quede debidamente edificada y se satisfaga el deseo manifestado por los allegados a las víctimas, procede que se designe una Comisión, compuesta por funcionarios judiciales y por particulares, que establezca si en dichas muertes existe responsabilidad alguna a cargo de la Policía Nacional; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Los Secretarios de Estado de las Fuerzas Armadas y de Interior y Policía, el Procurador General de la República y el Lic. Fernando A. Chalas Valdez, quedan designados en comisión para que procedan a realizar una minuciosa investigación de los hechos ocurridos en el poblado del Balneario de Boca Chica, del Distrito Nacional, el 31 de agosto del presente año, en los cuales perdieron la vida el Dr. Francisco José Peynado Velázquez (Frank) y el Capitán Puro de la Cruz y Cruz, P. N. Art. 2.—Dicha Comisión deberá establecer, principalmente, si existe alguna responsabilidad, ya sea por negligencia, exceso en su actuación e incumplimiento de órdenes o instrucciones, a cargo de la Policía Nacional, o de cualquier funcionario, en los hechos ocurridos. Art. 3.—La referida Comisión deberá rendir un informe al Presidente de la República sobre el resultado de sus actuaciones, a la mayor brevedad posible. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 105° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona