Texto de la norma
Decreto N° 1594, que nombra varios oficiales para integrar un Consejo de Guerra de 1ra. Instancia Mixto y Ad-Hoc.
(G. O. N° 9049, del 31 de Agosto de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1594
VISTAS las Leyes N° 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, de fecha 13 de febrero de 1953; y N° 285, que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, de fecha 29 de junio de 1966;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Los siguientes miembros del Ejército Nacional y de la Policía Nacional quedan designados para integrar un Consejo de Guerra de Primera Instancia Mixto y Ad-Hoc, del Ejército Nacional y de la Policía Nacional, que deberá conocer del accidente automovilístico ocurrido entre el carro placa oficial N° 1259, conducido por su propietario Mayor Jesús Manuel Porfirio Mota Henríquez, E. N., y la motocicleta placa oficial N° 263, manejada por el Raso Pascual Rosario Pi-
rón, Compañía de Tránsito y Carreteras, P. N., en el cual resultó este último con golpes de pronóstico reservado:
a) Coronel Rafael A. Valdez Hilario, E. N., Juez Presidente;
b) Teniente Coronel Dr. José Ernesto Ricourt Regús, P. N., Juez Primer Sustituto;
c) Teniente Coronel Dr. Juan Bautista Germán del Villar, P. N., Juez Segundo Sustituto;
d) Mayor Abogado Dr. José Alejandro Rodríguez Alba, E. N., Juez;
e) Capitán Dr. Ganimedes Ramírez Pérez, P. N., Juez;
f) Teniente Coronel Abogado Dr. Gerardo Herasme Batista, E. N., Fiscal; y
g) Segundo Teniente Manuel de Jesús Vargas Pantaleón E. N., Secretario.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y siete, años 124º de la Independencia y 105º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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