Texto de la norma
Decreto Nº 1511, que aprueba la modificación introducida en los Estatutos de la Resp. Logia Benefactora Nº 11744 Inc., a fin de cambiar su nombre.
(G. O. Nº 9044, del 26 de Julio de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1511
VISTA la instancia que por vía de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Respetable Logia Benefactora Nº 11744 Inc. en el sentido de que sea aprobada una modificación de los Estatutos hecha por la Tenida Extraordinaria celebrada en fecha 16 de marzo de 1962;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Queda aprobada la modificación introducida a los Estatutos de la Respetable Logia Benefactora Nº 11744 Inc. por la Tenida Extraordinaria, celebrada en fecha 16 de marzo de 1962, por medio del cual se le cambia el nombre por el de Respetable Logia Trinitaria Nº 11741, Inc.
Art. 2.—Dicha modificación será efectiva tan pronto como la Respetable Logía Benefactora N° 11744, Inc., realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 1 de la citada Ley N° 520.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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