Texto de la norma
Decreto N° 1510, que autoriza a la señorita Atanacia Carmona Jiménez, a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 3044, del 26 de Julio de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1510
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señorita Atanacia Carmona Jiménez, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Atenas;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República ha certificado en fecha 7 de julio de 1967, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señorita Atanacia Carmona Jiménez, para cambiar su nombre por el de Atenas;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83, de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señorita Atanacia Carmona Jiménez queda autorizada a cambiar su nombre por el de Atenas Carmona Jiménez.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y siete, años 124º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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