Texto de la norma
Núm. 640.—DECRETO del S. C. concediendo, como don nacional, á la viuda del general Gerónimo de Peña el suelo y casa que habita en Moca.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor.
Considerando: que es del deber de la Nacion hacer una grata memoria de los buenos servidores de la patria, y los que con abnegacion de su vida sacrifican por la estabilidad de la República, su libertad é independencia.
Considerando: que el general de brigada Gerónimo de Peña, murió de resultas de las heridas que recibió en la memorable batalla de Sabana Larga: que su viuda quedó sin bienes de fortuna, como se comprueba del informe del Ayuntamiento de la villa de Moca, que la ha recomendado, para que se le conceda, en don nacional, la casa en que vive en aquella poblacion.
Vista la nota oficial del Poder Ejecutivo, fecha 29 de Marzo de 1856, apoyando muy particularmente aquella solicitud.
Visto igualmente el informe del subdelegado de hacienda, y el justiprecio que se le hizo de la citada finca.
En nombre de la República, el Senado Consultor, prévias las tres lecturas Constitucionales,
HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA:
Art. 1º Se concede del tesoro público una pension anual de Cepellan, a la viuda del general de brigada Gerónimo de Peña, el suelo y la casa de madera que habita en la villa de Moca, situada al onrte de la Iglesia parroquial, frente á la plaza de armas, con todas sus dependencias, usos y servidumbres para que la disfruten ella y sus herederos en absoluta propiedad.
Art. 2º El presente decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Dado en el Palacio del Senado Consultor, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 dias del mes de Marzo de 1860, y 17º de la Patria.—El Presidente del Senado, Bobadilla.—El Secretario, Meliton Valverde.
Ejecútese, publíquese y círcule en todo el territorio de la República Dominicana para su puntual observancia.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo Capital de la República á los 22 dias del mes de Marzo del año 1860, y 17º de la
Patria, —Santana. —Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, Pedro Ricart y Torres.
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