miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1478

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL LA ADQUISICION POR EL ESTADO DOMINICANO DE UNA EXTE...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 1967fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9043Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1478 VISTA la Ley N° 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5?. de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano, para ser destinado a los planes de reforma agraria, de una extensión de terreno con un área de 8,342 Has., 30 As., 09 Cas., equivalentes a 132,656.79 tareas, propiedad de los Sucesores del señor José Antonio Jiménez Alvarez y Ganaderos de Bayaguana, C. por A., ubicadas en los Municipios de Higüey, Bayaguana, Monte Plata, Sánchez, Villa Riva y Nagua, constituidas por las porciones de terreno que se describen a continuación: EN EL DISTRITO CATASTRAL N° 37/1ra. PARTE, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY: Parcela N° 2-B (Parte), con un área de 503 Has. 9As., 08 Cas. EN EL DISTRITO CATASTRAL N° 47/da. PARTE, DEL MUNICIPIO DE HIGUEY: Parcela N° 206-E, con un área de 384 Has., 39 As., 39 Cas; Parcela Nº 206-F, con un área de 605 Has., 34 As., 26 Cas; Parcela Nº 206-P, con un área de 303 Has., 42 As., 69 Cas; Parcela Nº 206-Q, con un área de 303 Has., 44 As., 29 Cas; y Parcela Nº 206-R (Parte) con un área de 66 Has., 10 As., 17 Cas. EN EL DISTRITO CATASTRAL Nº 3, DEL MUNICIPIO DE BAYAGUANA: Parcela Nº 14, con un área de 989 Has., 28 As., 31 Cas. EN EL DISTRITO CATASTRAL Nº 64-A, PRIMERA PARTE, DEL MUNICIPIO DE MONTE PLATA. Parcela Nº 1 (Parte), con un área de 2,516 Has., 90 As., 74 Cas; Parcela Nº 4, con un área de 132 Has., 21 As., 60 Cas; y Parcela Nº 8, con un área de 23 Has., 39 As., 63 Cas. EN EL DISTRITO CATASTRAL Nº 59/2da. PARTE, DE LOS MUNICIPIOS DE SANCHEZ, VILLA RIVA Y NAGUA: Parcela Nº 13-A (Parte), con un área 2,514 Has., 69 As., 93 Cas. Art. 2.—En caso de no llegar a un acuerdo amigable con los propietarios de dicha extensión de terrenos para su venta de grado a grado, por las sumas en que han sido evaluadas por la Dirección General del Catastro Nacional, el Administrador General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. Art. 3.—Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales para los fines de lugar. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 104° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona