Texto de la norma
Decreto Nº 1367, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9041, del 17 de Junio de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1367
VISTA la solicitud formulada por el Ayuntamiento del Municipio de Moca, mediante su comunicación Nº 77, de fecha 28 de marzo de 1967;
En virtud del artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca, para que pueda vender tres solares de su propiedad al señor J. Marino Reinoso, los cuales se describen a continuación:
a) Solar Nº 5 de la manzana Nº 3, situado en la nueva urbanización de la parte Suroeste del Municipio de Moca, dentro de la Parcela Nº 2, del Distrito Catastral Nº 2, con una extensión superficial de 475 metros cuadrados, por el precio de RD$1,425.00;
b) El solar Nº 6, de la manzana Nº 3, ubicado en la nueva urbanización de la parte Suroeste del citado Municipio, den-
tro de la Parcela Nº 2, del Distrito Catastral Nº 2, con una extensión superficial de 475 metros cuadrados, por el precio de RD$1,425.00; y
c) El solar Nº 7, de la manzana Nº 3, situado en la nueva urbanización de la parte Suroeste de dicho Municipio, dentro de la Parcela Nº 2, del Distrito Catastral Nº 2, con una extensión superficial de 475 metros cuadrados, por el precio de RD$1,425.00.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de junio del año mil novecientos sesenta y siete, años 124º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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