Texto de la norma
Decreto Nº 1304, que concede jubilación con pensión del Estado. (G. O. Nº 9035, del 20 de Mayo de 1967.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1304
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
4 6 % -
D E C R E T O :
Art. 1.-Se
concede el heneficio de la jubilacih y be asig-
na una pensi6n del Estado de doscientos deiz pesos oro (RD$-
210.00) riiensuales a1 seiior Servio Tulio Moscoso.
Art. 2.-Dicha
pensiGn ser6 pagada con cargo a1 Fond0 de
Pensiones y Jubil'aciones Civiles de la Ley de Gastos Phblicos.
DADO ea Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la Repfiblica Doniinicana, a 10s dieciocho dias del
mes rle niayo del aiio mil novecientos sesenta y siete, MOS
12.29 de la Independencia y lO4Q de la Restauraci6n.
I
JOAQUIN BALAGUER
L
Decrcto N O 1305, que otorga exeqdtur de Tngeniero Civil a1 Sr. Rafael
Herngndez SBnchez.
(G. 0. No 9035, del 20 de Mayo de 1967.)
i
XAQUIN BALAWEH
I
Presidente de la Republica Domhlw,na
sus modificaciones;
VISTA !a Ley sobre Isequ6tur de Profesionales NQ 111,
de fecha 3 de noviemhre de 1012,
VISTA la Le1 Nq 4341, del 22 de septiembre de 1956, que
modifica el pArkafo del ayticulo 6 de la Ley NP 4249, del 13 de
agosto de 19j9, que hace obligatoria la Pasantia profesional
de 10s Ingenieros Arquitectos e Ingenieros Civiles graduadoa
en la Universidad Aut6nom'a de Santo Domingo;
Fln e.jc'rcicio de las .2tl*ibuciones que me cOnfielL- el ar-
tictllo 55 de la Constituci6n de la Repdblica, dido el siguiente
D E C R E T O :
UNICO.--Se otorga exequAtur al sefiior Rafael Jeshs Ma-
r'n Iiernhndez SAnchez, para que pueda ejercer en toda el te-
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.