miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1273

QUE MODIFICA EL ARTICULO 8 DEL DECRETO Nº 781, DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1966.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 may de 1967fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9034Gaceta Oficial del 17 may de 1967
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1273, que modifica el artículo 8 del Decreto Nº 781, del 20 de diciembre de 1966. (G. O. Nº 9034, del 17 de Mayo de 1967) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1273 CONSIDERANDO que la Comisión encargada de conocer de las propuestas para la instalación en el país de una refinería de petróleo, en exposición que hiciera al Poder Ejecutivo ha manifestado, después de practicar prudentes cálculos, que en razón de las complejidades que encierra el concurso público que ha de celebrarse para tales fines, estima conveniente que se alarguen los plazos que establece el artículo 8 del Decreto N° 781, de fecha 20 de diciembre de 1966, tanto para la admisión de las propuestas como para que la Comisión rinda el informe correspondiente al Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Queda modificado el artículo 8 del Decreto N° 781, del 20 de diciembre de 1966, para que rija en lo adelante del siguiente modo: "Art. 8.—El plazo que conceda la Comisión para la admisión de las propuestas no podrá ser mayor de 60 días y dicha Comisión deberá rendir al Poder Ejecutivo el informe a que hace referencia en el artículo 7 del presente decreto, dentro de los 60 días que sigan al cierre del plazo concedido para formular las referidas propuestas". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y siete, años 124° de la Independencia y 104° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el diario "El Caribe", del 13 de Mayo de 1967.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona