Texto de la norma
Decreto Nº 1162, que declara de utilidad pública e interés social la propiedad del Sr. Francisco José López García.
(G. O. Nº 9029, del 19 de Abril de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1162
VISTA la Ley Nº 344, del 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano, para ser destinada a los planes de Reforma Agraria, de la Parcela Nº 283, del Distrito Catastral Nº 59/4ta. parte, del Municipio de Villa Riva, con una extensión superficial de 566 Has., 84 As., 84 Cas., o sean 9,011.90 tareas, propiedad del señor Francisco José López García.
Art. 2.—En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario de dicho inmueble, para su venta de grado
a grado al Estado Dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación del misma
Art. 3.—Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de abril del año mil novecientos sesenta y siete, años 124º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en los diarios "Listin Diario" y "La Información", del 11 de Abril de 1967.
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