que suspende la venta de terrenos propiedad del Estado hasta tanto la Dirección General del Catastro Nacional haga una revaluación de los precios de dichos terrenos
Decreto Nº 995, que suspende la venta de terrenos propiedad del Estado hasta tanto la Dirección General del Catastro Nacional haga una revaluación de los precios de dichos terrenos.
(G. O. Nº 9024, del 28 de Febrero de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 995
CONSIDERANDO que es necesario tomar medidas que tiendan a evitar que los terrenos del Estado sean vendidos a precios que no correspondan a su valor real;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Quedan suspendidas las ventas de terrenos propiedad del Estado, hasta tanto la Dirección General del Catastro Nacional haga una revaluación de los precios de dichos terrenos.
No obstante, los poderes ya otorgados en relación con ventas de los indicados terrenos serán ejecutados, pero las solicitudes de compra de los terrenos que se trata, que se encuentren en tramitación, serán objeto de la revaluación señalada.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de febrero del mil novecientos sesenta y siete, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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